Innovaciones en el ámbito de la Protección frente al ruido

Trastornos de la salud debidos al ruido

El ruido en el ámbito edificatorio es causante de frecuentes problemas a los usuarios: trastornos del sueño, pérdida de atención, de rendimiento, cambios de conducta u otros que pueden llegar incluso a causar riesgos para la salud y problemas de estrés. Además, en los últimos años ha aumentado la concienciación social con los problemas del ruido y existe una mayor demanda en la sociedad de incrementar el confort acústico de las viviendas.
La aparición de reglamentación relacionada con los problemas del ruido en edificación, tanto a nivel europeo como a nivel estatal (LOE, Ley del ruido), implica una necesaria adecuación de la normativa acústica existente.

Normativa existente insuficiente

La normativa actual vigente NBE-CA-88, sobre condiciones acústicas en los edificios únicamente regulaba el aislamiento acústico, dejando otros aspectos también importantes sin regular.
En el Código y su documento básico de protección contra el ruido, DB-HR, además del ruido aéreo y de impactos se incluye también la regulación del ruido reverberante excesivo que produce igualmente molestias y provoca en muchos casos la no inteligibilidad de la palabra, circunstancia que en determinados espacios es crucial. Por ello se ha cuantificado el tiempo de reverberación de recintos donde la comunicación verbal es fundamental, como aulas, comedores, restaurantes y salas de conferencias. Además, se desarrolla con mayor profundidad el capítulo de protección frente al ruido de las instalaciones, mediante la indicación de buenas prácticas constructivas y métodos para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocados por éstas.

Exigencias verificables in situ y frecuentes litigios

Por otra parte, la manera en que la NBE-CA-88 expresaba los valores límite de cumplimiento de las exigencias de aislamiento, no es la más adecuada actualmente dado que estos límites se establecen en términos de valores verificables en laboratorio de las soluciones constructivas y el aislamiento de los constructivos en proyecto no refleja el comportamiento y el aislamiento real de las soluciones constructivas in situ. Esto tiene el gran inconveniente de no ser una exigencia verificable in situ mediante una medida de aislamiento, derivando en un gran número de litigios y, en definitiva, dejando al usuario desprotegido. Para solucionar este problema, en el DB-HR del CTE se han expresado las exigencias de aislamiento a ruido aéreo y a ruido de impactos mediante parámetros verificables en una medición in situ, y se han aumentado sus niveles de aislamiento.

Las soluciones consideran el  ruido de flancos

El planteamiento de las soluciones de aislamiento en el DB-HR es nuevo, ya que se considera que una solución de aislamiento es el conjunto de todos los elementos constructivos que conforman un recinto (tabiques, elemento separador, forjados, fachadas y cubiertas) y no sólo el elemento de separación entre recintos. Este nuevo enfoque surge de la necesidad de eliminar el ruido de flancos.

 



Atención

Este documento, aunque desarrollado técnicamente no se incluye en la tramitación actual por estar pendiente de su armonización con el desarrollo reglamentario de la Ley del Ruido, lo que podría hacer necesarios algunos cambios.

 


Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda del Ministerio de Vivienda
con la colaboración del Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja. CSIC.
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