10 Los análisis de estados límite que consideren la interacción terreno - estructura se efectuarán, salvo justificación en contra, considerando el empuje al reposo en la situación inicial, previa al comienzo de la excavación.
11 Siempre que sea posible debe evitarse el empleo de rellenos cohesivos en el trasdós de elementos de contención.
12 En relación con las acciones sísmicas se tendrán en cuenta la Norma de Construcción Sismorresistente NCSE vigente, de acuerdo con la sismicidad de cada zona.
6.2.6 Empujes debidos al agua
1 En relación con los empujes debidos al agua se considerarán dos casos principales:
a) estado hidrostático;
b) agua en circulación.
2 Salvo justificación en contra los cálculos se efectuarán por el método de las presiones efectivas. En el caso que exista una capa freática en reposo en el trasdós del elemento de contención, se considerará el empuje debido al terreno sumergido, total o parcialmente, y el empuje hidrostático del agua.
3 En la Figura 6.7 se ilustran los diagramas de presiones del terreno, PS, y del agua, Pw, correspondientes a diversos ejemplos, con superficie del terreno horizontal.

4 En caso de existir agua en circulación, debe determinarse la red de corriente o filtración correspondiente a las condiciones de contorno, en el elemento de contención y en el terreno. Para ello se pueden utilizar métodos analíticos, gráficos o analógicos.
5 En estos casos las presiones sobre el elemento de contención se deducirán de la red de corriente, al igual que las presiones de agua que actúen sobre las cuñas deslizantes a tantear para obtener la superficie de deslizamiento crítica.
6 Para la determinación de la red de corriente se hará una estimación cuidadosa de la permeabilidad, introduciendo las correcciones oportunas por anisotropía, estratificación, etc. (véase tabla D.28)
7 De acuerdo con las condiciones del emplazamiento del elemento de contención, se estudiarán los siguientes casos:
a) filtración hacia el sistema de drenaje de la capa freática existente en el terreno;
b) infiltración vertical del agua de lluvia.
8 Cuando al nivel de la base del elemento de contención no exista un estrato impermeable y sea posible la filtración bajo el elemento de contención, debe calcularse la fuerza de subpresión correspondiente a partir de la red de filtración.
6.2.7 Empujes debidos a sobrecargas
1 Cuando la magnitud de las sobrecargas es reducida en comparación con el empuje total sobre el elemento de contención (sobrecarga inferior al 30% del empuje total), la obtención de los empujes debidos a éstas puede efectuarse mediante la Teoría de la Elasticidad. Se admite la validez del principio de superposición. Si el elemento de contención se considera fijo, la tensión horizontal determinada por procedimientos elásticos debe duplicarse.
2 En casos de sobrecargas moderadas, habituales de edificación, como simplificación se podrán adoptar los criterios de la Figura 6.8 superponiendo los empujes debidos al terreno y los debidos a la sobrecarga.

3 Para sobrecargas elevadas deben emplearse métodos de análisis basados en la definición de superficies de rotura o métodos numéricos que consideren el comportamiento no lineal del problema.
1 Las comprobaciones necesarias para verificar que una estructura de contención cumple los requisitos necesarios se basarán en el método de los estados límite tal y como se indica en el apartado 2.2.
6.3.1 Estados límite
6.3.1.1 Estados límite últimos
1 En los elementos de contención deben considerarse al menos los siguientes estados límite:
a) estabilidad;
b) capacidad estructural;
c) fallo combinado del terreno y del elemento estructural.
2 El cálculo de los estados límite últimos debe comprobar que se alcanzan las condiciones de estabilidad y resistencia, expresiones (2.1) y (2.2), utilizando el valor de cálculo de las acciones o del efecto de las acciones y las resistencias de cálculo, con los coeficientes de seguridad parciales definidos en la tabla 2.1.
3 Para la obtención de los valores de cálculo de la resistencia del terreno deben considerarse los valores característicos superior o inferior, en función de si es desfavorable o favorable el incremento de resistencia, según se define en el DB-SE.
4 Se recomienda emplear métodos de cálculo que tomen en consideración la interacción suelo - estructura.
5 En suelos con un porcentaje de finos superior al 35%, deben efectuarse los estudios en condiciones no drenadas y drenadas.
6.3.1.2 Estados límite de servicio
1 En los elementos de contención deben considerarse al menos los siguientes estados límite:
a) movimientos o deformaciones de la estructura de contención o de sus elementos de sujeción que puedan causar el colapso o afectar a la apariencia o al uso eficiente de la estructura, de las estructuras cercanas o de los servicios próximos;
b) infiltración de agua no admisible a través o por debajo del elemento de contención;
c) afección a la situación del agua freática en el entorno con repercusión sobre edificios o bienes próximos o sobre la propia obra.
2 Los valores de cálculo de las presiones de tierras en estados límite de servicio se obtendrán considerando valores característicos de todos los parámetros del suelo.
3 Se considerarán en cada caso los valores característicos de las acciones permanentes o variables o efectos de las acciones permanentes o variables que soliciten al elemento de contención.
4 El valor de cálculo de los empujes de tierras se evaluará tomando en consideración el estado inicial de tensiones, la resistencia y deformabilidad del suelo y la deformabilidad de los elementos estructurales.
5 Deberá comprobarse que los desplazamientos estimados no superan a los desplazamientos admisibles.
6 Los desplazamientos y deformaciones admisibles de los elementos de contención y el terreno y las estructuras próximas de nueva ejecución, correspondientes a la misma obra, se establecerán con los criterios que se definen en el capítulo 2.
7 Los desplazamientos admisibles de las estructuras o servicios próximos ajenos a la obra, deben definirse en función de sus características y estado, debiendo preverse en el proyecto las medidas a adoptar en caso de que estos valores sean superados.
8 Deberá efectuarse una estimación conservadora de las deformaciones y desplazamientos de los elementos de contención y de su efecto en estructuras y servicios próximos. Si los cálculos iniciales indican que no se cumple la condición anterior.
9 Debe analizarse si las acciones variables, tales como las vibraciones provocadas por el proceso de ejecución o las cargas de tráfico, pueden afectar a los movimientos del elemento de contención o a estructuras o servicios próximos.
10 Deberá efectuarse un estudio más detallado, incluyendo cálculos de movimientos, en los siguientes casos:
a) cuando existan obras o servicios próximos especialmente sensibles a los movimientos;
b) cuando no exista experiencia en obras similares.
11 Estos cálculos deben tomar en consideración el proceso de ejecución de la obra.
12 La caracterización de los materiales en los cálculos tensodeformacionales debe ajustarse a partir de experiencias comparables con el mismo modelo de cálculo. La deformabilidad adoptada para los materiales debe evaluarse tomando en consideración su nivel de deformación.