De acuerdo con el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero el Boletín Oficial del Estado, diario oficial del Estado español, es el medio de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria.
En el "Boletín Oficial del Estado" se publican:
1. Las disposiciones generales de los órganos del Estado y los tratados o convenios internacionales.
2. Las disposiciones generales de las comunidades autónomas, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de Autonomía y en las normas con rango de ley dictadas para el desarrollo de los mismos.
3. Las resoluciones y actos de los órganos constitucionales del Estado, de acuerdo con lo establecido en sus respectivas leyes orgánicas.
4. Las disposiciones que no sean de carácter general, las resoluciones y actos de los departamentos ministeriales y de otros órganos del Estado y Administraciones públicas, cuando una ley o un real decreto así lo establezcan.
5. Las convocatorias, citaciones, requisitorias y anuncios cuando una ley o un real decreto así lo establezcan.
El Consejo de Ministros podrá excepcionalmente acordar la publicación de informes, documentos o comunicaciones oficiales, cuya difusión sea considerada de interés general.
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