11/01/2022
El Real Decreto-ley 29/2021 establece en su artículo 4 la dotación mínima de estaciones de recarga que deberán tener, antes del 1 de enero de 2023, los aparcamientos adscritos a edificios de uso distinto al residencial privado existentes así como los estacionamientos existentes no adscritos a edificios. Esta dotación de puntos de recarga se complementará con las dotaciones mínimas de infraestructuras de recarga que determinará la modificación del Código Técnico de la Edificación actualmente en tramitación para los edificios de nueva construcción y para determinadas intervenciones en edificios existentes.
El CTE establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la LOE.
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